Autores:
Luis Alberto López Rafaschieri y José Alberto López Rafaschieri
www.morochos.org
Hace poco conocimos una urbanización privada, de clase media, donde un consejo comunal que recibe dinero del gobierno venezolano usa sus recursos para beneficio de la propiedad privada. Situación que se está repitiendo en varios conjuntos residenciales privilegiados de nuestro país.
Ciertamente existen otros programas del gobierno que benefician directamente a particulares, como las políticas habitacionales, las becas, los créditos agrícolas y las exenciones tributarias. Sin embargo, éstos son casos especiales que no sólo obedecen a otros motivos, sino que además son prácticas comunes en la mayoría de los países.
Pero que los particulares realicen mejoras a sus propiedades privadas con dinero del gobierno, es algo que nos crea grandes dudas acerca de la legalidad de varios proyectos que los consejos comunales están ejecutando.
Por ejemplo, conocemos urbanizaciones privadas de clase media que con el patrimonio de FUNDACOMUNAL costean desde la jardinería e impermeabilización de azoteas, hasta la construcción de capillas, muros, casas y otros tipos de edificaciones. Mejoras que automáticamente se convierten en propiedad privada, pues fueron hechas sobre espacios que no son públicos.
Es como si el gobierno nacional invirtiera en mejorar las clínicas privadas, en lugar de destinar esos recursos al sistema de salud pública.
Y si analizamos estas actividades a la luz del marco legal vigente, nos daremos cuenta de que podrían incurrir en el hecho que prohíbe el artículo 13 de la Ley Orgánica Contra la Corrupción, esto es, utilizar el patrimonio nacional para beneficio de intereses particulares.
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